1 Doctora. Visiting fellow at Harvard GSAS Government department. Instituto José Ortega y Gasset. Colima, México. E-mail: Fachavezal@gmail.com ORCID: https://orcid.org/0000-0001-9753-0531 Google Scholar: https://scholar.google.es/citations?hl=es&user=HhbTBkAAAAAJ
Universciencia
Septiembre-diciembre - Año 18 - Núm. 55 - 2020
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Recepción: 17-Mayo-2020
Aceptación: 25-Julio-2020
Pág. 17-31
Panorama educativo de los jóvenes indocumentados en Estados
Unidos: un análisis de la Acción Diferida por la llegada de Menores
(DACA), a la Reforma de la Ley General de Educación
Educational panorama of undocumented youth in the States
United: an analysis of Deferred Action for the arrival of Minors
(DACA), to the Reform of the General Education Law
Resumen
Muchos jóvenes indocumentados en Estados unidos, encontraron la posibilidad de acceder a estudios universitarios a partir de la puesta en marcha de la acción diferida por la llegada de menores (DACA); sin embargo el carácter temporal de esta autorización, ha obligado a México a abrir la posibilidad de una reinserción educativa, obligándolos a los países de origen a trascender las fluctuaciones a nivel de política migratoria y situarse como una verdadera opción educativa de retorno.
Palabras clave: DACA, estudiantes, indocumentados, reinserción educativa.
Abstract
Many undocumented young people in the United States found the possibility for access to university studies after the implementation of deferred action for childhood arrivals (DACA); However, the temporary nature of this authorization has forced to origin countries to open up the possibility of educational reintegration and go beyond fluctuations at migration policy level and position the origin countries as a true educational option for return.
Key words: DACA, undocuments, students, educational reintegration.
Fátima
Chávez Alcaraz1
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Introducción
La amenaza de deportaciones masivas2 por parte del actual gobierno estadounidense y la aparente hostilidad del panorama político migratorio, ha obligado al gobierno mexicano a tomar medidas de prevención en términos de recepción de migrantes retornados.3 Uno de los temas que ha ocupado la agenda en esta materia está relacionado con la inserción de niños y jóvenes al sistema educativo mexicano.
Al margen de los posibles cambios a nivel de política migratoria, los cuales se han caracterizado por una gran fluctuación principalmente regida por la oferta y la demanda laboral, el panorama educativo para los niños y jóvenes indocumentados siempre ha representado desde hace varios años un terreno inhóspito, enfrentándose a una serie de restricciones por parte del país de acogida, y a muy limitadas opciones por su país de origen en caso de retorno.
Hasta el año 1981 no existía en Estados Unidos una ley que regulara los aspectos referentes a la educación de indocumentados, esto provocó que algunos estados impusieran regulaciones restrictivas para los hijos de inmigrantes, como es el caso de Texas en 1975, al imponer el cobro a todos los hijos de indocumentados de mil dólares al año para poder acceder a la escuela (Olivas, 2010).
En 1982, la Suprema Corte emitió un dictamen del caso Plyler vs Doe, y establece que los niños indocumentados son “personas”, por lo
2 La oleada de grandes deportaciones comenzó desde la década de los 90, durante la cual se apoyó bajo la administración de Bill Clinton la Illegal Immigration Reform, así como el Immgrant Responsability Act (IIRIA) con el propósito de reforzar el control de las fronteras, aplicar sanciones contra el tráfico de indocumentados y la falsificación de documentos, inspeccionar, aprehender, detener y expulsar extranjeros.
3 Durand y Massey advierten cinco tipos de retorno: retorno definitivo, migrantes temporales, retorno trasgeneracional, retorno forzado y retorno voluntario. De las anteriores clasificaciones, salvo el retorno forzado, las demás tienen un carácter de voluntariedad, mientras que el retorno forzado es ejercido por autoridades migratorias obligando a los migrantes a volver a su país de origen (como se citó en Juarengui y Recaño, 2014).
tanto, y en virtud de la 14ª enmienda, no pueden ser discriminados por su condición jurídica ni desprovistos de educación pública (traducción propia) (González, 2009, p. 11).
Actualmente, el sistema educativo norte americano garantiza la educación hasta nivel bachillerato (high school) a todos los niños y jóvenes, sin importar su condición migratoria. Sin embargo, el principal desafío se encuentra ubicado a nivel superior. La imposibilidad de acceder a financiamientos y apoyos federales se convierte en uno de los principales obstáculos para incorporarse a la educación universitaria.
Una vez concluido el nivel bachillerato, o high school, el proceso de aplicación para las universidades los sitúa en el rango de aspirantes extranjeros, esto implica un costo de inscripción de tres a siete veces más que para los residentes o los ciudadanos americanos (traducción propia) (Abrego, 2006). Además, son excluidos de cualquier posibilidad de beca por no cumplir con los requisitos de estatus legal.
En este contexto y ante la necesidad de un sistema que garantice igualdad de oportunidades, acceso a la educación universitaria y un camino a la ciudadanía, abogados y organizaciones de inmigrantes han pugnado por una reforma al sistema migratorio.4 Uno de los principales actores en esta lucha son las organizaciones de jóvenes inmigrantes denominadas dreamers, convirtiéndose en importantes actores impulsores de la Ley para Menores Extranjeros, conocida como Dream Act.
4 El año 2006 es considerado un parteaguas en la historia de las asociaciones de inmigrantes. Santamaría (2007) describe el escenario de las movilizaciones de marzo, abril y mayo del año en cita, como producto de décadas de organización silenciosa y paciente de los trabajadores indocumentados a través de sindicatos, clubes de oriundos, organizaciones de barrio, estudiantiles, religiosas, artísticas, políticas, empresariales y deportivas, que a su vez han servido de apoyo para el surgimiento de otras organizaciones, como es el caso de los Dreamers, quienes, al igual que muchas otras organizaciones, formaron parte de las marchas y movilizaciones por una reforma migratoria justa, conocido por sus siglas en inglés como FIRM.
Sin embargo, y a pesar de los años de lucha, la respuesta a nivel político ha sido débil: la negativa por parte del Congreso de una Reforma Migratoria, y el rechazo del Dream Act en el año 2010, llevó al gobierno de Barack Obama a buscar alternativas, como fue el caso de la Acción Diferida por la llegada de Menores (DACA), la cual, si bien ha brindado una alternativa permitiendo frenar las deportaciones y acceder a muchos jóvenes a la educación universitaria, únicamente representa una solución temporal.
Por lo anterior, este artículo tiene como objetivo brindar un análisis del panorama educativo de los jóvenes indocumentados en Estado Unidos, con relación al DACA, con la intención de profundizar en las peculiaridades del programa, a través de los objetivos planteados por el mismo, las características de sus beneficiarios, la población alcanzada y los desafíos ante una posible suspensión.
En un segundo nivel, explora de manera general la reforma a la LGE en materia de inserción y revalidación de estudios, por considerarla un aspecto crucial en aras de brindar solución a miles de jóvenes que pueden ver suspendidos sus estudios por deportación, cesantía del programa DACA; o bien, simplemente representar una opción para todos aquellos jóvenes que por diversas circunstancias no pudieron gozar de los beneficios de DACA, y que desean continuar sus estudios.
1. Metodología
Se realizó un análisis documental y estadístico5 basado en fuentes secundarias, utilizando estadísticas oficiales del Ministerio de Seguridad de Estados Unidos: Forma I-821 del 2012 al 30 de septiembre 2016, reporte acumulativo de la acción diferida por la llegada de menores (DACA). Con la finalidad de medir parte de los alcances del programa, se calculó el porcentaje del número de solicitudes enviadas, admitidas y aprobadas entre el año 2012 al 2016, en relación a la población potencialmente elegible;6 asimismo se analizaron datos de los reportes del Instituto de Política Migratoria de los Estados Unidos, del 2012 al 2013 (primer año de DACA), sobre las características y perfiles de los solicitantes.
En la parte documental, se analizó el texto del Dictamen de Iniciativa preferente de la Ley General de Educación, recientemente aprobado por ambas Cámaras.7 De forma complementaria se integró en cuanto a técnicas etnográficas una charla informal con el Presidente de la Asociación “Dream in México”, por ser una organización creada para proporcionar oportunidades educativas en México a jóvenes indocumentados en Estados Unidos, la cual contribuyó a dar forma a las observaciones finales.
5 Las tablas y contenido del análisis estadístico forman parte de la tesis doctoral que desarrolla el autor actualmente sobre asociaciones de jóvenes indocumentados (Dreamers) y sus efectos en el proceso de implementación de la política de Acción Diferida (DACA).
6 El cálculo se realizó sobre 1.9 millones, población calculada como potencialmente elegible al 2012 y en relación con los datos del Departamento de Seguridad de Estados Unidos, con base en la fórmula: p(%)=(P/T)x100.
7 El análisis de la reforma a la Ley General de Educación se basó en el Dictamen de Iniciativa Preferente, aprobado el 25 de febrero del 2017 por el Senado, el cual se encuentra próximo a ser incorporado al texto de la ley así como de su publicación por el Ejecutivo Federal. Para este análisis no se consideró la iniciativa recientemente aprobada por el Congreso (la cual abre espacio a sucesivos estudios) por encontrarse en discusión durante la realización de este documento.
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20
2. Los jóvenes indocumentados y el Programa de Acción diferida por la llegada de Menores (DACA)
La puesta en marcha de la Acción Diferida por la llegada de Menores (DACA) suscitó diversos debates en torno a la legalidad de esta medida, además de propiciar posturas contrarias: mientras unos veían en DACA un alivio, para otros no se trataba más que de un premio de consolación ante la negativa del Congreso por la aprobación de la Ley de Menores Extranjeros (Dream Act), y el rechazo a profundizar en la reforma integral al sistema migratorio.
Al margen de los anteriores debates no es posible dejar de mencionar que la aparición de nuevos actores sociales como los Dreamers, con postulados orientados al acceso a la educación superior, y la propuesta de Ley del Dream ACT, que respondía a características totalmente distintas a las anteriores reformas migratorias, respondiendo a las demandas de un grupo muy específico (jóvenes indocumentados que llegaron a Estados Unidos siendo niños), eran hechos que no podían pasar desapercibidos, llevando a la administración de Obama tomar medidas que pudieran representar una solución.
Es así que el 15 de junio del 2012, el Presidente Obama, en coordinación con el Ministerio de Seguridad (Ministery of Homeland Security) y otros órganos de gobierno, como el Departamento de Aduana para la Protección Fronteriza (U.S. Customs and Border Protection), el Servicio Nacional de Inmigración y Ciudadanía (U.S. Citizenship and Immigration Services), y las Oficinas de Inmigración y Regulación Aduanal (U.S. Immigration and Customs Enforcement), puso en marcha el programa de Acción Diferida por la llegada de Menores, mejor conocido por sus siglas
en inglés como DACA (traducción propia) (Singer y Prchal, 2013).
El programa proponía frenar las deportaciones y regularizar la estancia de miles de jóvenes que llegaron a Estados Unidos siendo niños, otorgando un permiso de dos años con opción de renovación.
Este permiso además otorgaba la posibilidad de acceder a financiamientos federales, y becas que les permitían acceder a la universidad. Los criterios de elegibilidad para ser sujeto del programa eran los siguientes:
1. Haber residido en Estados Unidos por lo menos desde el 15 de junio del 2007.
2. Estar residiendo en Estados Unidos en el momento de la aprobación del programa en junio del 2012.
3. Haber llegado a Estados Unidos antes de los 16 años.
4. Ser menor de 31 años al momento de la puesta en marcha de DACA.
5. Estar inscritos en la escuela, poseer un diploma de bachillerato o estar enlistado en el ejército.
6. No tener antecedentes penales o ningún precedente de comportamiento ofensivo o inmoral que constituya una amenaza para la sociedad o la seguridad nacional (traducción propia) (USCIS, 2012).
Como es de suponerse, no toda la población de jóvenes indocumentados cumpliría con los requisitos establecidos por DACA. Para el año 2012 se calculaba una población de jóvenes y niños indocumentados de cerca de 4.4 millones (Passel,y López, 2012), de los cuales 1,120,000 eran niños menores de 18 años y aproximadamente 1,410,000 se encontraban entre los 18 y los 24 años (ver Tabla 1).
Edad |
Total |
Masculino |
Femenino |
|||
Número |
Porcentaje |
Número |
Porcentaje |
Número |
Porcentaje |
|
Todas las edades |
11,430,000 |
100 |
6,100,000 |
100 |
5,330,000 |
100 |
Menores de 18 años |
1,120,000 |
10 |
580,000 |
10 |
530,000 |
10 |
18 a 24 años |
1,410,000 |
12 |
880,000 |
14 |
540,000 |
10 |
25 a 34 años |
3,660,000 |
32 |
2,050,000 |
34 |
1,600,000 |
30 |
35 a 44 años |
3,320,000 |
29 |
1,750,000 |
29 |
1,570,000 |
29 |
45 a 54 años |
1,400,000 |
12 |
650,000 |
11 |
750,000 |
14 |
55 años en adelante |
520,000 |
5 |
190,000 |
3 |
330,000 |
6 |
Tabla 1. Edad y sexo de la población inmigrante indocumentada: enero, 2012
Fuente: elaboración propia, con base en Baker y Rytina (2012).
De la población total entre niños y jóvenes indocumentados al año 2012, se presumía que únicamente 1.9 millones de jóvenes serían potenciales beneficiarios de DACA (Batalova et al., 2013), de los cuales aproximadamente un 21% eran
Gráfica 1. Población de indocumentados potencialmente elegible para DACA, 2012
Fuente: elaboración propia, con base en Batalova et al. (2013).
menores de 15 años, representando una población potencialmente elegible en el futuro, un 22% no cumplían con los requisitos de elegibilidad y alrededor de un 57% era población potencialmente elegible (ver Gráfica 1).
21
22
Ahora bien, al analizar los beneficiarios inmediatos con base en las cifras de los dos primeros años, del 2012 al 2014 se recibieron 865,579 solicitudes, de las cuales únicamente se aceptaron 818,945 y se aprobaron 630,607; es decir, únicamente el 33% sobre la población potencialmente elegible y un 77% sobre el volumen de solicitudes recibidas, lo que se traduce en un alto grado de aprobaciones y admisiones al programa.
En lo que respecta al segundo período, considerado del 2015 al 2016,8 se admitieron 757,342 y se aprobaron 709,698; esto significa un 37% de la población total de beneficiarios y un 87% del total de solicitudes recibidas fueron
8 Las cifras de los años 2014 y 2016 incluyen el periodo de renovaciones y se consideran dentro del total de solicitudes recibidas.
admitidos a DACA. Lo que significa que desde la creación del programa al 2016, DACA ha beneficiado aproximadamente a un 70% de la población potencial.
El acumulado del Ministerio de Seguridad muestra un total de solicitudes admitidas de 1,528,479 (ver Tabla 2), lo que conduce a considerar a DACA como un programa exitoso, cubriendo casi al total de su población de beneficiarios potenciales; por otro lado, queda manifiesto el gran interés por parte de los beneficiarios ha participar en el programa y ser admitidos, reflejando una importante participación al considerar que se recibieron 1,622,921 solicitudes.
Tabla 2. Reporte acumulativo de los datos contenidos en la forma I-821D de DACA
Datos I-821D: consideración de la Acción Diferida para la Llegada de Niños |
|||||||||
Periodo |
Las solicitudes de admisión, Biométrico y Estado del Caso |
||||||||
Entradas |
Biométricos |
Revisión del Caso |
|||||||
Solicitudes Aceptadas |
Solicitudes Rechazadas |
Total de Solicitudes Recibidas |
Promedio Aceptadas/Día |
Biometría Programada |
Solicitudes Bajo Revisión |
Aprobadas |
Denegadas |
Pendientes |
|
Año Fiscal - Total |
|||||||||
2012 |
152,431 |
5,395 |
157,826 |
3,629 |
125,055 |
38,023 |
1,685 |
- |
150,746 |
2013 |
427,615 |
16,351 |
443,966 |
1,696 |
445,013 |
77,521 |
470,523 |
11,025 |
98,813 |
2014 |
238,899 |
24,888 |
263,787 |
951 |
209,670 |
101,561 |
158,399 |
21,089 |
156,224 |
2014 Inicial |
122,424 |
19,127 |
141,551 |
487 |
N/A |
N/A |
136,163 |
21,086 |
61,988 |
2014 Renovación |
116,475 |
5,761 |
122,236 |
464 |
N/A |
N/A |
22,236 |
D |
94236 |
2015 |
448,834 |
35,491 |
484,325 |
1,781 |
525,499 |
47,998 |
510,622 |
21,469 |
72,967 |
2015 inicial |
85,294 |
7,485 |
92,779 |
338 |
N/A |
N/A |
90,843 |
19,175 |
37,264 |
2015 Renovación |
363,540 |
28,006 |
391,546 |
1,442 |
N/A |
N/A |
419,779 |
2,294 |
35,703 |
2016 |
260,700 |
12,317 |
273,017 |
1,034 |
68,140 |
- |
199,076 |
14,657 |
119,934 |
2016 Inicial |
73,428 |
1,202 |
74,630 |
291 |
N/A |
N/A |
52,940 |
11,523 |
46,229 |
2016 Renovación |
187,272 |
11,115 |
198,387 |
743 |
N/A |
N/A |
146,136 |
3,134 |
73,705 |
Acumulado Total |
1,528,479 |
94,442 |
1,622,921 |
1,457 |
1,372,377 |
- |
1,340,305 |
68,240 |
119,934 |
Acumulado Total Inicial |
861,192 |
49,560 |
910,752 |
820 |
N/A |
N/A |
752,154 |
62,809 |
46,229 |
Acumulado Total Renovación |
667,287 |
44,882 |
712,169 |
636 |
N/A |
N/A |
588,151 |
5,431 |
73,705 |
Año Fiscal 2016 por Trimestre |
|||||||||
Q1. Octubre - Diciembre |
47,384 |
2,860 |
50,244 |
764 |
53,009 |
- |
55,862 |
4,126 |
60,363 |
Q1. Octubre - Diciembre Inicial |
17,650 |
933 |
18,583 |
284 |
N/A |
N/A |
13,501 |
3,221 |
38,192 |
Q1. Octubre - Diciembre Renovación |
29,734 |
1,927 |
31,661 |
476 |
N/A |
N/A |
42,361 |
905 |
22,171 |
Q2. Enero - Marzo |
50,287 |
2,825 |
53,112 |
811 |
15,623 |
- |
39,487 |
3,304 |
67,859 |
Q2. Enero - Marzo Inicial |
19,122 |
254 |
19,376 |
308 |
N/A |
N/A |
13,520 |
2,542 |
41,252 |
Q2. Enero - Marzo Renovación |
31,165 |
2,571 |
33,736 |
502 |
N/A |
N/A |
25,967 |
762 |
26,607 |
Q3. Abril - Junio |
86,148 |
3,364 |
89,512 |
1,346 |
N/A |
- |
28,809 |
3,729 |
121,469 |
Q3. Abril - Junio Inicial |
20,800 |
D |
20,807 |
325 |
N/A |
N/A |
13,303 |
3,005 |
45,744 |
Q3. Abril - Junio Renovación |
65,348 |
3,357 |
68,705 |
1,021 |
N/A |
N/A |
15,506 |
724 |
75,725 |
Q4. Julio - Septiembre |
76,881 |
3,268 |
80,149 |
1,201 |
N/A |
- |
74,918 |
3,498 |
119,934 |
Q4. Julio - Septiembre Inicial |
15,856 |
D |
15,864 |
247 |
N/A |
N/A |
12,616 |
2,755 |
46,229 |
Q4. Julio - Septiembre Renovación |
61,025 |
3260 |
64,285 |
953 |
N/A |
N/A |
62,302 |
743 |
73,705 |
Fuente: elaboración propia, con base en USCIS (2012).
23
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Ahora bien, atendiendo a las características de esta población por país de origen: el 76% de los aspirantes a DACA eran de origen mexicano (ver Tabla 3), mientras que la segunda población más representativa de potenciales beneficiarios,
Tabla 3. Los ocho principales países de origen de las Solicitudes DACA Juvenil y DACA actualmente elegibles aceptadas para procesamiento
País de origen |
Población elegible actualmente |
Participación elegible de los jóvenes actualmente (%) |
Solicitudes aceptadas por el proceso |
Rango de solicitudes (%) |
Total |
1,089,000 |
100 |
538,000 |
49 |
México |
637,000 |
59 |
409,000 |
64 |
El Salvador |
47,000 |
4 |
21,000 |
45 |
Guatemala |
29,000 |
3 |
13,000 |
47 |
Honduras |
24,000 |
2 |
14,000 |
58 |
Corea |
22,000 |
2 |
7,000 |
33 |
Filipinas |
22,000 |
2 |
4,000 |
16 |
Colombia |
19,000 |
2 |
5,000 |
28 |
República Dominicana |
17,000 |
2 |
2,000 |
14 |
Fuente: elaboración propia con base en Batalova et al. (2013).
En lo referente a las características de esta población por grado educativo, se encontró que durante el primer año del programa (agosto 2012 a junio 2013), el 24% se encontraba cursando un grado a nivel secundaria o bachillerato. Este grupo está situado en el nivel K-12, el cual contempla educación primaria, secundaria y bachillerato. En el caso concreto de los aspirantes a DACA, considera únicamente jóvenes a nivel secundaria y bachillerato.
encabezada por jóvenes salvadoreños, constituye tan solo un 4.3% (ver Tabla 3) del total de aspirantes a DACA, ocupando México el primer lugar con la población por razón de número.
El mayor número de posibles beneficiarios se encuentra ubicado en el grupo que ha concluido sus estudios de bachillerato, lo cual significa que la mayoría de los potenciales beneficiarios se encontraban en condiciones de continuar con sus estudios universitarios (ver Tabla 4). Por otro lado, dentro de este grupo se contempla a los jóvenes que ostentan el título de “General Education Development”9 (GDE), certificación que hasta antes de la reforma interpuesta a la Ley General de Educación no tenía equivalencia en México.
9 En el sistema Norteamericano, la obtención del GDE (General Education Development) es un equivalente del nivel bachillerato, para su obtención se realiza un examen mediante cual se evalúa el nivel de matemáticas y ciencias sociales. La obtención de este título está dirigido a jóvenes que no pudieron continuar sus estudios a nivel bachillerato o que no desean matricularse en bachillerato pero buscan ingresar a la vida laboral (The GEDTS, 2009).
Tabla 4. Clasificación por nivel educativo de la población potencialmente elegible de DACA
Logros Educativos |
Población elegible actualmente |
Participación (%) |
Total |
1,089,000 |
100 |
Actualmente matriculados en los grados K-12 |
266,000 |
24 |
Diploma de bachillerato / certificado de GED como último grado |
482,000 |
44 |
Actualmente matriculados en universidad (no graduados) |
240,000 |
22 |
Títulos técnicos |
40,000 |
4 |
Título Universitario |
53,000 |
5 |
Grado avanzado |
8,000 |
1 |
Fuente: elaboración propia, con base en Batalova et al. (2013).
Finalmente, de la población potencialmente elegible un 22% está actualmente matriculado en la universidad, por lo tanto existe un grupo que ha superado el proceso de admisión universitario y se encontrará en un par de años en las condiciones de iniciar su vida laboral si existen garantías que se los permitan. Así, DACA no constituye una reforma al sistema migratorio sino una versión administrativa del Dream Act, lo que significa que el programa puede ser suspendido en cualquier momento, dejando a miles de jóvenes con una educación inconclusa.
3. Inserción y revalidación desde la Reforma a la Ley General de Educación
El pasado 27 de febrero del que transcurre, fue aprobada por el Senado la iniciativa del Poder
Ejecutivo Federal, Enrique Peña Nieto, mediante la cual se proponían reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley General de Educación (LGE), en materia de revalidación de estudios e inserción escolar,10 para los mexicanos retornados.
Hasta antes de esta fecha, el proceso de revalidación era completamente inasequible por la complejidad de la tramitología (ver Tabla 5), haciendo caso omiso al contexto de salida y de llegada de los jóvenes migrantes, no solo porque muchos de ellos regresan por deportación (lo que hace prácticamente imposible que se encuentren en posesión de todos los requisitos que se establecían), sino también porque las traducciones por peritos especializados y trámites como la apostilla representaban un gasto considerable, si a esto se le suma la falta de información sobre el proceso, la posibilidad de inserción era casi nula.
10 Ver párrafo de antecedentes, contenidos en dictamen de iniciativa preferente del 25 de febrero del 2017, de las comisiones unidas de educación y estudios legislativos, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación.
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Tabla 5. Requisitos para revalidación de estudios de tipo superior y media superior hasta antes de la Reforma
Trámite |
Descripción |
Solicitud de revalidación |
Formato presentado en ventanilla al momento de presentar documentos |
Acta de Nacimiento |
Identificación Oficial |
Documentación migratoria |
Solo extranjeros |
Antecedentes Académicos |
Certificado Título oficial de bachillerato cuando los estudios sean a nivel licenciatura, título o cédula de licenciatura. Traducir al español en caso que sea necesario |
Título, diploma o grado académico oficial |
Documento que ampare los estudios realizados |
Certificado Oficial de Asignaturas y Créditos |
Descripción de las unidades de aprendizaje, periodos en que se cursaron y calificaciones obtenidas. Traducir al español |
Comprobante de Pago de Derechos |
Pago en ventanilla bancaria |
Fuente: elaboración propia, con base en la Secretaría de Educación Pública (2017).
A este punto, la única opción para los jóvenes indocumentados oscilaba entre quedarse en un ambiente hostil y con opciones limitadas para los inmigrantes indocumentados;11 o intentar vislumbrar en México una opción de continuidad escolar, la cual resultaba compleja y lejana por las pocas facilidades y la falta de información al respecto (Cortez, García y Altamirano, 2015).
La reforma a la LGE pretende dar solución a un conflicto que se viene presentando desde hace varios años, materializado esfuerzos en el contenido de los artículos reformados,12 los cuales abarcan dos aspectos centrales: por una lado se reafirma el espíritu de inclusión y acceso a la educación para todos. En este sentido, el texto de la ley establece:
11 Swaii, Cabrera y Lee (2004) señalan las dificultades y desafíos educativos en Estados Unidos por parte de los inmigrantes, incluyendo pobreza, los bajos salarios y obstáculos culturales.
12 Se reformaron y adicionaron los siguientes artículos de la Ley General de Educación: 2º, fracción IX del artículo 12; la fracción III del artículo 14; los artículos 32 y artículo 38; el primer párrafo del artículo 56; el segundo párrafo del artículo 60; el primer párrafo del artículo 61; el primer párrafo del artículo 62. Y se adicionan: la fracción VIII Bis al artículo 12; la fracción I Bis al artículo 13; la fracción III Bis al artículo 14; la fracción XI Bis al artículo 33; un nuevo cuarto párrafo, recorriendo el subsecuente, ahora quinto, y los párrafos sexto y séptimo al artículo 63.
garantizar el acceso a la educación a todos los individuos, en condiciones de equidad y tránsito (Art. 2, primer párrafo) y reafirma, especialmente a quienes pertenezcan a grupos y regiones con mayor rezago educativo, dispersos o que enfrentan situaciones de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, físico, mental, de identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria o bien relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual, creencias religiosas o prácticas culturales (LGE, Art. 32, fracc. III).
En segundo lugar, anuncia la intención de facilitar los procesos de revalidación. Para ello, faculta a las instituciones particulares con
reconocimiento de validez oficial de estudios y las instituciones públicas, que en sus regulaciones no cuenten con la facultad expresa, para que otorguen revalidaciones y equivalencias parciales de estudios respecto de los planes y programas (LGE, Art.14 fracc. III).
Asimismo, el artículo 63 señala que las autoridades educativas e instituciones que otorguen revalidaciones y equivalencias promoverán la simplificación de dichos procedimientos, atendiendo a los principios de celeridad, imparcialidad, flexibilidad y asequibilidad. Además, establece que promoverán la utilización de mecanismos electrónicos de verificación de autenticidad de documentos expedidos fuera y dentro del sistema educativo nacional (LGE, Art. 63).
Cabe señalar que el desarrollo de estos contenidos apunta hacia la educación media y media superior; en este sentido, el artículo 33 menciona: “Se garantizará el acceso a la educación básica y media superior, aun cuando los solicitantes carezcan de documentos académicos o de identidad; esta obligación se tendrá por satisfecha con el ofrecimiento de servicios educativos de calidad”.
En su segundo párrafo, obliga a que las autoridades educativas ofrezcan opciones que faciliten la obtención de documentos; sin embargo, en este mismo artículo y en lo que respecta a la educación superior, el texto de la ley únicamente menciona promover acciones similares para el caso de la educación superior.
Pareciera que los artículos reformados tuvieran una fuerte orientación a la educación de nivel medio y medio superior, apenas dibujando el tema de la educación superior. El Secretario de Educación, Aurelio Nuño, mencionó en las
discusiones contenidas en el dictamen de la iniciativa preferente, que la revalidación de estudios universitarios será automática en el caso de las universidades que están inscritas en los padrones del CONACYT o de los listados de universidades de prestigio; sin embargo, no advierte nada del procesos de admisión por otro lado, y atendiendo a la sutileza del texto de la ley en torno a la educación superior. Pareciera que se tratará más de un acuerdo entre las universidades que una reforma que integre todos los niveles educativos.
Cortez, García y Altamirano (2015), en su estudio sobre migrantes en retorno y su incorporación al sistema universitario13 mexicano, mencionan dos aspectos que representaban una barrera al momento de intentar incorporarse a la universidad:
• Cumplir con los requisitos mínimos de admisión, dado el poco conocimiento del proceso y contenido de los exámenes de admisión.
• Dificultades en la toma de decisión (escoger la carrera), considerando la Licenciatura en Enseñanza de Inglés, porque les daría una ventaja en el proceso de selección de aspirantes.
La admisión al sistema universitario plantea desafíos más allá de la convalidación del high school o bachillerato: por una parte significa grandes retos en materia de conversión de saberes, considerando que un número significativo de indocumentados se encuentra actualmente cursando estudios universitarios; en caso de que DACA fuera suspendida quedarían con sus estudios inconclusos.
13 Hasta ahora, con la excepción de Cortez y Hamann (2014) y Minjárez (2012), han sido pocos los estudios que documentan las experiencias de jóvenes migrantes universitarios que regresan a México (como se citó en Cortez, García y Altamirano, 2015).
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Por otra parte, no existe ningún planteamiento en materia de restructuración en cuanto al proceso de admisiones. Actualmente existe un examen de habilidades y conocimientos básicos (EXHCOBA),14 este se deriva del currículo general del sistema educativo nacional, a través del cual se pretende diagnosticar el grado de conocimiento de los aspirantes; esto significaría, en aras de facilitar la incorporación de jóvenes migrantes, desarrollar estrategias que equiparen los contenido del examen con su formación, además de considerar una preparación especial en áreas como español o literatura, tema que debe ser considerado incluso en caso de eliminar exámenes de admisión universitario, pues no todos los jóvenes tienen un perfecto dominio del español, especialmente considerando que llegaron a Estados Unidos siendo niños.
En definitiva, el nivel superior es uno de los ámbitos que parecen plantear una mayor “ingeniería” por parte del sistema educativo mexicano en aras de integrar a todos los grupos potenciales de retornados.
Conclusiones
En la primera parte, mediante el breve análisis de DACA, fue posible observar que el programa representa una solución limitada y temporal; es decir, su diseño no alcanza para cubrir la población de niños elegibles en el futuro ni la del total de jóvenes indocumentados al presente, aunque sin duda se trata de un programa exitoso, las cifras únicamente reflejan a la población de beneficiarios
14 El Examen de Habilidades y Conocimientos Básicos (EXHCOBA) se desarrolló como un criterio estandarizado de evaluación sobre los conocimientos básicos en todas las áreas: física, matemáticas, español, ciencias sociales etcétera. Con la finalidad de presentarse como requisito de admisión en diversas universidades del país.
potenciales, seleccionados siguiendo los criterios de del programa, dejando fuera a muchos niños y jóvenes que por edad o por no estar situados en el rango de tiempo de residencia establecido por el programa, quedan automáticamente fuera de la posibilidad de solicitar DACA.
Si a esto se le suma la falta de certeza de continuidad, la cual está determinada por los cambios de administración o la admisión de renovación para los actuales participantes del programa, el riesgo de que DACA sea suprimido es latente. Bajo este esquema es claro que la población actualmente beneficiada de DACA no se encuentra exenta de ver en cualquier momento suspendida su autorización, esto significaría dejar su educación inconclusa y volver a estar en peligro de deportación.
Hasta antes de DACA, nunca se había considerado una opción educativa a nivel superior para hijos de inmigrantes, a la apertura del programa el 44% de aspirantes a DACA ostentaban un título de bachillerato, significa que para el inicio del programa la población más grande se encontraba en posibilidades de ingresar a la universidad, mientras que un 22% ya se encontraba matriculado, esto se debe considerar como un hallazgo importante, ya que además de reflejar el interés por acceder a estudios de educación superior,15 se reafirma la necesidad de que se refuercen dentro de los ámbitos de educación superior facilidades de acceso por parte de los países de origen, de tal forma que, independientemente de ser parte de DACA o no, los países puedan situarse como una alternativa educativa y de retorno.
15 Uno de los principales postulados de las organizaciones de jóvenes indocumentados (Dreamers) reclamaba el derecho a acceder a la educación universitaria.
En este sentido es fundamental cuestionarse cuáles son los alcances de la reforma a la Ley General de Educación, en materia de educación superior, ya que si bien representa un avance a nivel legislativo, finalmente al considerar a este grupo de población es necesario desarrollar una serie de acciones subsecuentes que trasciendan el carácter coyuntural para consolidar transformaciones estructurales a nivel de mecanismos de inserción y convalidación, claros y consolidados.
El mayor reto a nivel de reglamentación, acuerdos e implementación de acciones consecuentes al texto de la reforma de la LGE, se encuentra a nivel superior, ya que como se comentó, el contenido de la ley no establece la misma claridad al respecto de los procedimientos en el proceso de inserción y revalidación a nivel de educación superior, a diferencia de las especificaciones que establece la Ley General de Educación a nivel medio y medio superior.
El interés por parte de la población de beneficiarios de DACA da cuenta de la urgencia de resolver la necesidad educativa a nivel superior; por otra parte, se debe considerar que el reto a nivel superior es mucho mayor, planteando exigencias más complejas a nivel de conversión de saberes, conduciendo a plantear la necesidad urgente de desarrollar un marco de cualificaciones que garantice mejores prácticas en materia de movilidad académica.
Por otro lado, en aras de dar certeza a las modificaciones en materia de inserción y convalidación de la reforma, es fundamental establecer un marco de acciones coordinadas entre las secretarías de educación a nivel federal y local, universidades, asociaciones de inmigrantes y cancillería, de tal forma que sea posible generar acuerdos en materia de admisiones y exámenes diagnóstico, asesoramiento, desarrollo de estrategias de regularización en áreas específicas como español o historia de México, apoyos financieros y becas, así como de impulso a sus capacidades y conocimientos adquiridos tras una experiencia migratoria como es el uso de la lengua inglesa, además de la necesidad de una impecable claridad en el proceso de convalidación y difusión bilateral, de tal forma que la población de mexicanos jóvenes en Estados Unidos consideren a México como una verdadera opción educativa.
La puesta en marcha de DACA y la reforma a la Ley General de Educación parecen finalmente considerar a esta población de niños y jóvenes que quedaban sin mayor opción educativa; sin embargo, DACA sigue siendo una afirmación de que no son americanos al negarles un camino a la ciudadanía, limitándolos a una autorización temporal para vivir en Estados Unidos, por ello la respuesta queda en manos de los países de origen, obligándolos a trascender las fluctuaciones a nivel de política migratoria por parte de los países receptores, y situarse como una verdadera opción educativa de retorno.
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REFERENCIAS
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